lunes, mayo 23, 2005

Copyright: la duda del converso

Digamos que estoy dispuesto a tomarme en serio a las discográficas, aunque me fastidie que insistan en llamar piratas a las personas que se limitan a compartir música gratuitamente en internet, sin ánimo de lucro, poniéndolas en igualdad de condiciones con las redes de tráfico ilegal de CDs.

Digamos que sí. Estoy a punto de volcar mi fe, como Saulo en el desierto, deslumbrado por la fulgurante verdad. Pero en todo caso, antes de convertirme al credo de la propiedad intelectual, quisiera hacer algunas preguntas a los predicadores:

-¿El préstamo personal de CDs está permitido? Necesito claridad en este punto. Puedo delatar a millones.
-Si la respuesta al punto anterior es afirmativa, ¿está permitido realizar tales préstamos "persona a persona" por internet?
-¿A partir de cuántas personas una reunión supera la condición de "escucha privada"? ¿Más de tres, como la definición militar de motín?
-Si al comprar un CD no estoy adquiriendo un objeto sino una licencia para disfrutar de una obra musical intangible, ¿la compañía discográfica me dará una copia nueva cada vez que la original se me pierda, se me rompa o me sea robada?
-¿¿Verdad que (como la industria entiende que lo suyo no es solo el derecho al negocio del entretenimiento sino la obligación de preservar la cultura universal) las discográficas están dispuestas a depositar copias de todo lo que publiquen en bibliotecas y también en formato digital a través de sitios públicos para escucha gratuita ocasional??

Espero con fe.

1 comentario:

Anónimo dijo...

hola. con respecto a este tema te recomiendo bajar una conferencia muy clarificadora de esta pagina
www.alexbeltran.com

el abogado que habla se dedica a este tema y va a estar proximamente en el cccb de barcelona en unas jornadas dedicadas exclusivamente al copyright y propiedad intelectual.

por otro lado alex es un amigo que esta bastante metido en el tema

SALUDOS